TICAL / Socios / Diputación de Almería
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La Excma. Diputación Provincial de Almería es el órgano del Gobierno y la Administración de la provincia de Almería, y representa por tanto a los 102 municipios que integran la provincia.

Las competencias propias de las Diputaciones Provinciales son las siguientes:
    1. Coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.
    2. Asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios y Entidades Locales menores, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.
    3. Prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal.
    4. En general, el fomento y la administración de los intereses peculiares de la Provincia.

    La Diputación de Almería, al igual que el resto de Diputaciones Provinciales, cuenta con los siguientes Órganos:

    1. Presidente. Es el órgano unipersonal, que preside la Corporación y respecto a la cual asume su representación.
    2. Vicepresidentes. Sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad al Presidente, siendo libremente designados por éste entre los miembros de la Junta de Gobierno.
    3. Junta de Gobierno. Órgano colegiado integrado por el Presidente y un número de Diputados no superior al tercio del número legal de los mismos. Le corresponde la asistencia al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones, así como aquellas funciones que el presidente u otro órgano le delegue o le atribuyan las leyes. La Junta de Gobierno está integramente compuesta actualmente por el Presidente y tres Diputados Provinciales.
    4. Pleno. Está integrado por el Presidente y los Diputados Provinciales. La Diputación de Almería se compone de un total de veintisiete Diputados Provinciales, incluido el Presidente. El mandato de los miembros de la Diputación Provincial dura cuatro años, a cuyo término se renueva en su totalidad.

    La Diputación de Almería dispone asimismo de Órganos Complementarios, cuya función general es el estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del Pleno, así como el seguimiento de la gestión del Presidente, la Junta de Gobierno y lo Diputados que ostentan delegaciones.


    Todos los grupos políticos integrantes de la Corporación tienen derecho a participar en los aludidos órganos, mediante la presencia de Diputados pertenecientes a los mismos.

    En la Diputación de Almería existen las siguientes Comisiones Informativas y de Seguimiento:

    Presidencia y Hacienda.

    Recursos Humanos, Régimen Interior , Servicios Sociales y Mujer.

    Obras Públicas, Medio Ambiente, Agricultura y Fomento del Empleo Agrario.

    Cooperación Provincial, Cultura y Deporte.

    Comisión Especial de Cuentas y Hacienda.